Nos dedicamos a la redacción, revisión y negociación de contratos civiles y mercantiles, tanto para particulares como para negocios. Nuestro objetivo es que todos los acuerdos legales de nuestros clientes estén redactados de forma clara, precisa y conforme a la normativa vigente, protegiendo siempre sus intereses.
Entendemos la importancia de contar con contratos bien elaborados para dar seguridad jurídica a las relaciones legales y comerciales. Muchos problemas empiezan con un contrato firmado sin leer, una plantilla descargada de internet, un documento en un idioma que no se domina o un acuerdo de palabra que después nadie recuerda igual. Revisar un contrato antes de firmarlo cuesta mucho menos que pleitear por él.
¿Qué servicios ofrecemos en Contratos?
Redacción de contratos personalizados
Elaboramos contratos adaptados a las necesidades específicas de nuestros clientes, comprobando que cumplan con todas las disposiciones legales necesarias y evitando posibles conflictos futuros. Partimos de lo que habéis acordado y lo convertimos en cláusulas que no admitan dos lecturas: precio, plazos, obligaciones de cada parte y qué ocurre si alguien no cumple.
Revisión de contratos existentes
Analizamos contratos ya redactados para identificar posibles cláusulas abusivas, ambigüedades o riesgos legales, y proponemos modificaciones para reforzar su seguridad jurídica. Te explicamos en tu idioma qué significa cada cláusula antes de que firmes, y qué puedes pedir que se cambie.
Negociación de contratos
Asistimos a nuestros clientes en la negociación de los términos contractuales, procurando que los acuerdos sean equilibrados y protejan sus derechos e intereses.
Resolución de conflictos contractuales
Representamos a nuestros clientes en casos de incumplimiento contractual, buscando resolver las disputas de manera ágil, ya sea mediante acuerdos amistosos o procedimientos judiciales. Lo habitual es empezar por un requerimiento formal, por ejemplo un burofax, que deja constancia de la reclamación y abre la puerta a negociar. Si no hay respuesta, valoramos la demanda que corresponda.
Contratos habituales en los que te ayudamos
- Alquiler de vivienda y de local. Duración, prórrogas, fianza, actualización de la renta, obras y devolución de la fianza al terminar. El alquiler de vivienda tiene reglas propias que protegen al inquilino y que no se pueden eliminar en el contrato.
- Arras y compraventa de inmuebles. Antes de entregar una señal hay que saber qué tipo de arras se firman. Con las arras penitenciales, si el comprador se echa atrás pierde la señal, y si es el vendedor, la devuelve duplicada.
- Compraventa y traspaso de negocios, como bares, tiendas o carnicerías: qué se transmite, qué deudas se quedan con quién y qué pasa con el local y los trabajadores.
- Compraventa de vehículos entre particulares.
- Préstamos entre particulares y reconocimientos de deuda, también entre familiares, para que el dinero prestado se pueda reclamar.
- Prestación de servicios y obras, como reformas, con presupuesto, plazos y garantía.
- Contratos mercantiles y pactos de socios: suministro, distribución, colaboración y reglas entre socios de una empresa.
Qué revisar antes de firmar
- Las partes: nombres completos, documentos de identidad y, si firma una empresa, que quien firma tenga poder para hacerlo.
- El objeto y el precio, con la forma y las fechas de pago.
- La duración, las prórrogas y cómo se pone fin al contrato.
- Las penalizaciones y las cláusulas de permanencia.
- Qué pasa si alguien incumple, y qué tribunales y qué ley se aplican.
- El idioma: si no dominas el español, pide una versión bilingüe e indica cuál de las dos prevalece.
- La firma de todas las páginas y de los anexos, con una copia para cada parte.
Contratos firmados a distancia
Hoy muchos contratos se firman por correo electrónico, con firma electrónica o a través de una aplicación. Son válidos, pero conviene conservar el documento firmado, los correos y los mensajes en los que se negoció, porque serán la prueba si surge un conflicto. Si la otra parte es una empresa y tú contratas como consumidor, además tienes derechos que no se pueden eliminar en el contrato, como el de recibir información clara antes de firmar.
Contratos con una parte en otro país
Cuando una de las partes vive en Marruecos o en otro país, o el contrato se va a cumplir fuera de España, conviene pactar por escrito qué ley se aplica y qué tribunales resolverán un posible conflicto. Los documentos firmados fuera pueden necesitar apostilla o legalización y traducción jurada para usarse en España, y si no puedes estar presente en la firma, un poder notarial permite que otra persona firme en tu nombre.
Errores frecuentes
- Confiar en un acuerdo de palabra. Puede ser válido, pero es muy difícil de probar.
- Usar una plantilla genérica que no se ajusta a la operación ni a la normativa actual.
- Entregar una señal sin un documento que diga qué tipo de arras son.
- Firmar sin entender una cláusula porque está en un idioma que no dominas.
- Dejar pasar el tiempo antes de reclamar un incumplimiento: las acciones tienen plazos.
Nuestra metodología
En Abogados Yemla, nos comprometemos a proporcionar un asesoramiento cercano y personalizado, analizando cada detalle del contrato para evitar problemas legales a futuro. Trabajamos con un enfoque preventivo, para que los derechos de nuestros clientes estén protegidos en todo momento.
Por eso, en Abogados Yemla, estamos disponibles 24/7, ofreciendo un apoyo constante en todas las etapas del proceso contractual, desde la redacción inicial hasta la resolución de conflictos. Atendemos en Madrid y online, en español, árabe, francés e inglés. Agenda una asesoría: reserva tu consulta aquí.
Preguntas frecuentes
En general, sí: la mayoría de los contratos son válidos aunque no se pongan por escrito. El problema es demostrar después qué se acordó. Por eso conviene firmar siempre un documento, aunque sea sencillo.
No en la mayoría de los casos. Un contrato privado firmado por las partes obliga igual. La escritura notarial es necesaria en algunas operaciones y conveniente cuando hay que inscribir algo en el Registro de la Propiedad, como la compraventa de una vivienda.
Son la señal que se entrega al reservar una compra, normalmente de un inmueble. Depende del tipo de arras pactado: con las penitenciales, el comprador que desiste pierde la señal y el vendedor que desiste la devuelve duplicada. Por eso es importante que el documento diga qué tipo son.
No lo firmes hasta entenderlo. Puedes pedir una traducción o una versión bilingüe que diga cuál prevalece, o que te lo revisemos y te lo expliquemos en español, árabe, francés o inglés.
Es una cláusula que, en un contrato con un consumidor, causa un desequilibrio importante en su perjuicio y no se ha negociado individualmente. Si se declara abusiva, se tiene por no puesta y el resto del contrato puede seguir vigente.
Depende del tipo de contrato y de lo que se reclame. Hay acciones con plazos cortos, así que lo prudente es consultar en cuanto detectes el incumplimiento y guardar toda la documentación y las comunicaciones.