Trabajamos en derecho civil, ofreciendo asesoramiento y gestión en todos los aspectos relacionados con herencias y sucesiones. Nuestro trabajo consiste en que la voluntad del testador se cumpla de manera justa y en que los derechos de los herederos estén protegidos en todo momento.
La gestión de herencias puede ser un proceso complejo que requiere de conocimiento especializado. Llega justo después de perder a un familiar, con plazos fiscales que corren desde el primer día y, en muchas familias, con bienes o herederos en otro país, sobre todo en Marruecos. Te explicamos qué hay que hacer, en qué orden y qué decisiones conviene no tomar con prisa.
¿Qué incluye el servicio de Herencias?
En Abogados Yemla te ayudamos con:
Redacción de testamentos
Te asesoramos para que tu testamento cumpla con todas las formalidades legales y refleje tu voluntad de manera clara. El más habitual en España es el testamento abierto ante notario: queda registrado, se puede cambiar cuando quieras y ahorra a tu familia la declaración de herederos. Si tienes otra nacionalidad o bienes en varios países, el testamento es también el lugar para dejar claro qué ley quieres que se aplique a tu herencia.
Declaración de herederos
Gestionamos todos los trámites necesarios para la obtención de la declaración de herederos, tanto abintestato como testamentaria. Cuando no hay testamento, la declaración de herederos abintestato se tramita normalmente ante notario y fija quién hereda según la ley: hijos y descendientes, a falta de ellos padres y ascendientes, después el cónyuge y, por último, otros parientes. Cuando hay testamento, comprobamos que es el último otorgado y que se puede ejecutar tal como está redactado.
Liquidación de impuestos
Realizamos el cálculo y presentación de los impuestos asociados a la herencia, como el Impuesto sobre Sucesiones, para que cumplas con las obligaciones fiscales. El plazo general para presentarlo es de seis meses desde el fallecimiento, y se puede pedir una prórroga dentro de ese plazo. Si en la herencia hay una vivienda o un local, además hay que presentar la plusvalía municipal ante el ayuntamiento. En la Comunidad de Madrid existen bonificaciones importantes para los familiares más cercanos, pero el impuesto hay que presentarlo igualmente, aunque la cantidad final a pagar sea baja.
Distribución de bienes y resolución de conflictos hereditarios
Facilitamos el reparto de bienes entre los herederos, buscando una distribución justa y evitando conflictos familiares. Además, representamos a nuestros clientes en la resolución de disputas legales relacionadas con herencias, buscando soluciones rápidas y efectivas para preservar la armonía familiar. Primero intentamos el acuerdo; si no es posible, se puede pedir la división judicial de la herencia o reclamar ante los tribunales la legítima que corresponde a cada heredero forzoso.
Los pasos de una herencia en España
- Certificado de defunción, que expide el Registro Civil.
- Certificado de últimas voluntades, que indica si el fallecido hizo testamento y ante qué notario. Se puede pedir cuando han pasado quince días hábiles desde el fallecimiento. Conviene pedir a la vez el certificado de seguros con cobertura de fallecimiento.
- Copia del testamento o, si no lo hay, declaración de herederos.
- Inventario de bienes y deudas: cuentas bancarias, inmuebles, vehículos, préstamos y cualquier deuda pendiente.
- Aceptación y partición en escritura ante notario, firmada por todos los herederos o por sus representantes.
- Impuestos: Impuesto sobre Sucesiones y, si hay inmuebles urbanos, plusvalía municipal.
- Cambio de titularidad en el Registro de la Propiedad, en los bancos y en los demás registros donde figuren los bienes.
Aceptar una herencia supone también hacerse cargo de sus deudas. Si no sabes si el fallecido debía dinero, puedes aceptarla a beneficio de inventario, de modo que las deudas se pagan solo con los bienes heredados, o renunciar a ella ante notario. Las dos decisiones son difíciles de deshacer, así que conviene tomarlas con toda la información.
Herencias con bienes o familia en Marruecos
Es una situación frecuente en las familias marroquíes y árabes que viven en España, y conviene plantearla bien desde el principio:
- Qué ley se aplica. Para las autoridades españolas, la herencia se rige por regla general por la ley del país en el que el fallecido tenía su residencia habitual, salvo que hubiera elegido en testamento la ley de su nacionalidad. Así lo establece el Reglamento europeo de sucesiones, que se aplica también cuando el fallecido es de un país de fuera de la Unión Europea.
- Inmuebles situados en Marruecos. Las autoridades marroquíes aplican sus propias normas a las herencias de sus nacionales, y sus reglas de reparto no coinciden con las del Código Civil español. En la práctica, los bienes de cada país suelen tramitarse ante las autoridades de ese país, por lo que hay que coordinar las dos herencias para que no se contradigan.
- Documentos extranjeros. Las actas de defunción, nacimiento o matrimonio, o un acta de herederos expedida en Marruecos, necesitan normalmente apostilla o legalización y traducción jurada para surtir efecto ante un notario español.
- Herederos que viven fuera. Pueden firmar mediante un poder notarial otorgado en su país o en un consulado de España, y normalmente necesitan un NIE para la escritura y los impuestos.
- Certificado sucesorio europeo. Sirve para acreditar la condición de heredero en otros países de la Unión Europea, pero no en Marruecos.
Si quieres que tu herencia se reparta de una forma concreta, lo prudente es planificarlo en vida, con un testamento pensado para los dos países, en lugar de dejar que se aplique la ley que corresponda por defecto.
Errores frecuentes
- Dejar pasar los seis meses del Impuesto sobre Sucesiones sin presentarlo ni pedir prórroga, con los recargos e intereses que eso supone.
- Aceptar la herencia sin revisar las deudas del fallecido.
- Disponer de los bienes antes de la partición, por ejemplo vendiendo un coche o vaciando una cuenta.
- Presentar documentos marroquíes sin apostilla o sin traducción jurada.
- Confiar en un reparto acordado de palabra entre hermanos, que no sirve ante el notario, el banco ni el Registro.
Nuestra metodología
En Abogados Yemla, ofrecemos un servicio personalizado y profesional, acompañándote en cada etapa del proceso de herencia. Analizamos cada detalle de tu situación y elaboramos una estrategia legal adaptada a tus necesidades, para que todos los trámites se realicen de manera eficiente y sin contratiempos.
Sabemos que la gestión de una herencia puede ser un momento emocionalmente complicado. Por eso, en Abogados Yemla, estamos disponibles 24/7 para atender tus consultas y ofrecerte un apoyo constante durante todo el proceso. Nuestro objetivo es brindarte tranquilidad y confianza mientras nos encargamos de todos los aspectos legales. Atendemos en Madrid y online, en español, árabe, francés e inglés. Agenda una asesoría: reserva tu consulta aquí.
Preguntas frecuentes
El plazo general es de seis meses desde el fallecimiento. Se puede pedir una prórroga si se solicita dentro de ese plazo. Si se presenta tarde, se pagan recargos y, en su caso, intereses.
No. Puedes aceptarla sin más, aceptarla a beneficio de inventario para no responder de las deudas con tu propio patrimonio, o renunciar a ella ante notario. Antes de decidir, conviene saber qué bienes y qué deudas hay.
Para las autoridades españolas, en principio la ley de su residencia habitual, salvo que hubiera elegido otra en testamento. Pero la casa de Marruecos se tramitará allí y las autoridades marroquíes aplicarán sus propias normas. Hay que estudiar las dos herencias a la vez.
Sí. Cualquier persona puede otorgar testamento ante un notario español. Si tienes otra nacionalidad, puedes valorar elegir en el propio testamento la ley de tu nacionalidad para tu herencia. Si no dominas el español, el notario puede pedir que te acompañe un intérprete.
La partición necesita, en principio, el acuerdo de todos. Si uno se niega, se puede intentar una negociación o, si no hay salida, pedir la división judicial de la herencia para que la haga el juzgado.
Para una herencia que se tramita ante notario no es obligatorio, pero sí recomendable cuando hay desacuerdos, deudas, bienes en el extranjero o dudas sobre la ley aplicable. Si hay que ir a juicio, el abogado es necesario.