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Solicitud del NIE: cómo pedir tu número de extranjero

Te explicamos si tienes que pedir el NIE o te lo asignan de oficio, cómo solicitarlo en España o en el consulado, el modelo EX-15, la tasa y en qué se diferencia de la TIE.

El NIE es el número con el que la Administración española identifica a una persona extranjera. Lo vas a necesitar para comprar una vivienda o un coche, aceptar una herencia, firmar ante notario, constituir una sociedad o hacer gestiones con Hacienda. Es un número personal, único y exclusivo: el que te asignen será tu número para siempre.

Mucha gente pierde semanas porque pide el NIE cuando no le toca, porque lo confunde con la tarjeta de extranjero o porque llega a la cita sin poder explicar para qué lo necesita. En esta página tienes cuándo hay que solicitarlo, cómo se hace desde España o desde el consulado, qué se presenta y en qué se diferencia de la TIE.

Qué esNúmero personal y único de identificación del extranjero
FormularioModelo EX-15
TasaModelo 790, código 012: 9,84 €
Dónde se pideEn España, ante la Policía con cita previa; desde fuera, en el consulado de España
Plazo para resolver5 días según el reglamento
Condición claveNo estar en España en situación irregular

¿Tienes que pedir el NIE o te lo dan de oficio?

Es lo primero que hay que aclarar, porque en muchos casos no hace falta ningún trámite aparte. El Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024, en vigor desde el 20 de mayo de 2025) distingue dos situaciones:

  • Te lo asignan de oficio. Si inicias un procedimiento para vivir o permanecer en España —una autorización de residencia, una estancia por estudios o un visado que te permite estar más de 90 días sin tramitar otra autorización—, la Policía te asigna el NIE dentro de ese mismo expediente. No tienes que pedirlo por separado.
  • Lo tienes que pedir tú. Si no vas a residir en España pero tienes aquí intereses económicos, profesionales o sociales: una compraventa, una herencia, una inversión, una sociedad o cualquier gestión oficial que te exija el número.

Si eres ciudadano de un país de la Unión Europea y vas a vivir en España, lo normal es que tu trámite sea otro: el certificado de registro de ciudadano de la Unión, no la solicitud de NIE que explicamos aquí.

Los dos requisitos que exige el reglamento

Para que te asignen el NIE a petición propia tienes que cumplir dos condiciones:

  • No encontrarte en España en situación irregular. Si estás en España sin autorización, esta no es tu vía. Lo que hay que estudiar es cómo regularizar tu situación, por ejemplo mediante el arraigo.
  • Comunicar el motivo por el que lo solicitas. No basta con decir «lo necesito»: conviene llevar un documento que lo respalde, como un contrato de arras, un documento notarial, una comunicación del banco o la documentación de la herencia.

Y una advertencia importante: el NIE no te autoriza a vivir ni a trabajar en España. Es solo un número de identificación. Para residir o trabajar hace falta la autorización que corresponda.

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NIE y TIE no son lo mismo

Es la confusión más habitual, y tiene consecuencias prácticas:

  • El NIE es un número. Cuando lo pides por intereses económicos, profesionales o sociales, te entregan un documento en papel que acredita que ese número es tuyo. Ese papel no sustituye a tu pasaporte: para identificarte vas a seguir necesitándolo.
  • La TIE (tarjeta de identidad de extranjero) es la tarjeta física que acredita tu situación legal en España. La obtienen quienes tienen un visado o una autorización para permanecer más de seis meses, y hay que solicitarla personalmente en el plazo de un mes desde la entrada en España o desde que se concede la autorización.

La TIE lleva impreso tu NIE. Por eso, si ya tienes o vas a tener tarjeta de residencia, no necesitas pedir el número aparte: ya forma parte de tu expediente.

Cómo se solicita el NIE desde España

  1. Cita previa. Se pide en el portal de cita previa de extranjería de la sede electrónica de las Administraciones Públicas, eligiendo la provincia y el trámite de asignación de NIE. En Madrid la disponibilidad suele ser escasa, así que no lo dejes para la semana de la firma. Desconfía de cualquiera que te ofrezca citas a cambio de dinero.
  2. Formulario EX-15, «Solicitud de Número de Identidad de Extranjero (NIE) y certificados», rellenado y firmado.
  3. Tasa modelo 790, código 012, marcando la asignación de NIE a instancia del interesado. Se paga antes de la cita y se lleva el justificante.
  4. Pasaporte en vigor y la documentación que acredite el motivo de la solicitud. Cada oficina puede pedir copias o algún documento más, así que revisa las indicaciones de tu cita.
  5. Presentación en persona ante la Policía, en la Comisaría o la Oficina de Extranjería que te corresponda.
  6. Resolución. El reglamento fija un plazo máximo de cinco días desde que la solicitud entra en registro. Si pasa ese plazo sin respuesta, la solicitud se entiende denegada.

Cómo se solicita desde el extranjero

Si no estás en España, el NIE se pide a través de la oficina consular de España que te corresponda, que traslada la solicitud a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras. Es la vía habitual para quien vive en Marruecos o en otro país y tiene que firmar una compraventa o aceptar una herencia en España.

Cada consulado organiza sus citas y puede pedir documentación adicional o en un formato concreto. Antes de ir, revisa la web del consulado y cuenta con que conseguir cita puede llevar tiempo: si tu operación en España tiene fecha, empieza por aquí.

Certificado de residente y de no residente

Por el mismo procedimiento, con el formulario EX-15 y la tasa 790 código 012, se piden también los certificados de residente y de no residente, que sirven para acreditar si vives o no en España. Si vas a hacer una operación importante, pregunta antes a la notaría, al banco o a tu asesor qué certificado te van a pedir, y solicítalo a la vez que el NIE para no repetir cita.

Errores que retrasan el NIE

  • Pedirlo estando en situación irregular. La solicitud se va a denegar y no resuelve tu problema de fondo.
  • No acreditar el motivo. Una solicitud sin causa clara es la forma más rápida de tener que volver a empezar.
  • Rellenar mal la tasa o marcar un epígrafe que no corresponde.
  • Pensar que el NIE permite trabajar o residir. No lo permite, y trabajar sin autorización puede complicar tus trámites futuros.
  • Dejarlo para el final. Sin NIE no hay firma en notaría, y sin cita no hay NIE.
  • Pedir un número que ya tienes. Si en algún momento tuviste tarjeta, un visado de larga duración o un expediente de extranjería, es probable que ya tengas NIE asignado, y es ese el que debes usar.

Si te deniegan el NIE

La resolución pone fin a la vía administrativa. Contra ella cabe recurso de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el de dos meses. Antes de recurrir conviene leer el motivo: a veces es más rápido volver a presentar la solicitud corrigiendo lo que faltaba. Tienes más información en nuestra página de recursos en extranjería.

Qué hacemos nosotros

  • Te decimos si tienes que pedir el NIE o si te lo asignarán dentro de otro trámite.
  • Revisamos el formulario EX-15, la tasa y los documentos que acreditan el motivo antes de la cita.
  • Si estás fuera de España, te orientamos sobre la vía consular y el orden de los pasos.
  • Si el NIE forma parte de algo mayor —una compraventa, una herencia, una sociedad o una autorización de residencia—, encajamos los plazos para que no retrase lo importante.
  • Si te lo deniegan, estudiamos la resolución y te decimos si conviene recurrir o volver a presentar.

Atendemos en Madrid y online en toda España, en español, árabe, francés e inglés. La consulta con abogado dura 30 minutos y cuesta desde 60,50 € (IVA incluido); si después nos encargas el trámite, ese importe se descuenta. Reserva tu consulta aquí.

Preguntas frecuentes sobre el NIE

Es el número de identidad de extranjero: un número personal, único y exclusivo con el que la Administración española te identifica. Se usa en compraventas, herencias, notarías, bancos, Hacienda y cualquier trámite oficial. No da derecho a vivir ni a trabajar en España.

La tasa oficial, modelo 790 código 012, es de 9,84 € para la asignación de NIE a instancia del interesado. Las tasas pueden actualizarse, así que comprueba el importe en la sede electrónica de la Policía Nacional antes de pagar.

El reglamento da a la Administración un plazo máximo de cinco días desde que la solicitud entra en registro. Si no hay respuesta en ese plazo, se entiende denegada. Lo que suele llevar más tiempo es conseguir la cita.

El NIE es el número; la TIE es la tarjeta física que acredita que tienes autorización para estar en España más de seis meses. La TIE lleva tu NIE impreso. Si tienes o vas a tener tarjeta de residencia, no necesitas pedir el número por separado.

Sí. Si no estás en España, se solicita en la oficina consular de España que te corresponda, que lo tramita con la Comisaría General de Extranjería y Fronteras. Consulta antes la web del consulado: cada uno organiza sus citas y su documentación.

No por esta vía. El reglamento exige no encontrarse en situación irregular para pedir el NIE por intereses económicos, profesionales o sociales. Si estás en situación irregular, lo que hay que estudiar es cómo regularizarte, por ejemplo mediante el arraigo.

El número no cambia: es personal y único, y te acompaña siempre. Lo que tiene fecha de vigencia es la tarjeta de extranjero o la autorización a la que va unido. Si alguna vez te asignaron NIE, en cualquier trámite nuevo debes usar ese mismo número.

No. El NIE solo te identifica. Para trabajar necesitas una autorización de residencia y trabajo o estar en una situación que te habilite para ello.

Esta página es informativa y refleja el criterio general del procedimiento. Cada oficina y cada consulado pueden pedir documentación adicional, y las tasas se actualizan periódicamente: revisa siempre la información oficial antes de acudir.

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